En los últimos años el esquema de trabajo conocido como freelance ha tenido un importante crecimiento. Las personas en edad laboral, han encontrado en esta nueva forma de trabajo la oportunidad ideal para desarrollarse profesionalmente y tener beneficios como flexibilidad de horarios, control de sus actividades y ser sus propios jefes.

Se tiene la creencia de que al trabajar por cuenta propia el pago de impuestos no es aplicable, lo cual es un error. Si eres freelance es importante que conozcas cuáles son las obligaciones fiscales que debes cumplir para evitar sanciones.

El primer paso será darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para ello tendrás que seleccionar el régimen bajo el cual vas a tributar. Tienes dos opciones:

• Bajo el esquema de servicios profesionales: aquí tendrás que cumplir con ciertas obligaciones como realizar declaraciones mensuales, anuales, informativas y enviar la contabilidad electrónica mensual.

• Régimen de Incorporación Fiscal (RIF): la condición para utilizar este régimen es no obtener más de 2 millones de pesos de ingresos al año, no prestar un servicio que requiera cédula profesional, ni ser socio de alguna persona moral. También deberás cumplir con el envío de la contabilidad electrónica así como con las declaraciones bimestrales. Además debes tener en cuenta que tienes que efectuar el pago de tus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a dos mil pesos, mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios y presentar una declaración informativa bimestral de tus ingresos, gastos y proveedores.

Al acudir al SAT también obtendrás tu firma electrónica o eFirma, que te permitirá emitir la factura 3.3 para tus clientes.

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