
Este 1 de julio han entrado en vigor todas las modificaciones fiscales 2017 con relación en los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet). Y una de estas modificaciones consiste en la habilitación del CFDI de Pagos, o bien, complemento de la recepción de pagos, dicho cual, deberás emitir obligatoriamente a partir de este 1 de diciembre 2017.
¿En qué consiste el “Comprobante Fiscal Digital por Internet” de recepción de pagos?
Llamado también “Complemento de recepción de pagos”, consiste en un documento que ha de emitirse justo cuando la empresa percibe un ingreso fuera de tiempo, es decir, cuando se realiza un abono a una cierta deuda o bien, cuando se realiza un pago posterior a la fecha emitida por la factura electrónica. Es, en otras palabras, un complemento donde se incluye la información sobre el pago y facturas que han sido saldadas, pero no es un CFDI-Factura.
¿Quién deberá emitir este comprobante?
Cualquier persona moral o física que reciba pagos que no puedan ser liquidados al instante deberá obligatoriamente emitir este comprobante, a partir del 1 de diciembre 2017.

¿Cuándo se deberá emitir dicho comprobante?
- Dependiendo del caso, existen tres principales situaciones en las que deberá emitirse el CFDI:
Cuando se realice el pago en parcialidades. - Si se da el caso en que se reciba un pago en una sola exhibición y sea este cubierto en un plazo posterior a la fecha expedida de la factura.
- Si el pago se realiza por medio de crédito y se va a efectuar en fechas posteriores a las emitidas en la factura referente.
Sea cual sea el caso presentado anteriormente, el comprobante deberá ser emitido como máximo: el décimo día natural del siguiente mes al que fue efectuado el pago.
¿Para qué sirve y cómo se deberá aplicar?
Primeramente, lo que debes hacer es emitir la factura electrónica por el valor total de la operación justo cuando la realices. A partir de ese momento, debes expedir un CFDI de Pago por cada abono que hayas recibido, en este se va a señalar como monto total de la operación: “Cero” y al final, se deberá agregar el complemento con el valor del monto recibido.

Este nuevo CFDI de Pago (o “Complemento de recepción de pagos”), se creó con el principal objetivo de controlar de mejor forma el flujo de efectivo, para de esta manera se puedan evitar situaciones de duplicación de ingresos en facturación de parcialidades o en casos de indebidas cancelaciones de facturas, o bien, para realizar una verificación de facturas que han sido pagadas y de aquellas que aún no se han pagado. Por ello es que es preciso que comencemos a implementar estos cambios para recibir el mes de diciembre con una correcta administración y cumplimiento de las reformas fiscales que se encuentran ya en vigor, además de prepararnos ante los demás cambios que está presentando la nueva reforma fiscal.

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