
El 30 de abril es la fecha limite para realizar tu declaración anual, así que es mejor empezar a preparar la información que necesitas.
Una parte importante al momento de presentar tu declaración son las deducciones personales, solo debes tener cuidado, porque no todos los gastos personales son considerados como deducibles. A continuación te diremos cuáles son aquellos que sí puedes deducir:
• Honorarios médicos: puedes deducir los gastos hospitalarios propios o de tu cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos con la condición de que no hayan recibido ingresos en cantidad igual o mayor a un salario mínimo durante el año. Además el pago deberá realizarse con cheque nominativo, trasferencia bancaria electrónica de fondos, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
• Primas por seguros de gastos médicos: son complementarias o independientes de los servicios de salud que brindan las instituciones públicas de seguridad social.
• Gastos funerarios: este deducible será efectivo el año de calendario en el que se realizó el funeral y solo se podrá deducir la cantidad que no exceda el salario mínimo general anual.
• Intereses reales devengados y efectivamente pagados: en este concepto entran todos los créditos hipotecarios de tu hogar.
• Aportaciones voluntarias al fondo de ahorro para el retiro: podrás deducir hasta el 10% de tus ingresos acumulables de las aportaciones voluntarias hechas a tu Afore siempre y cuando no sean mayores a cinco salarios mínimos generales al año.
• Gastos escolares: las colegiaturas desde nivel preescolar hasta medio superior podrán ser deducibles con un límite anual de deducción de acuerdo al nivel escolar.
• Ahorro, seguros de jubilación o adquisiciones de acciones de inversión: el monto máximo para deducir conceptos por estímulos fiscales por depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionadas con la edad, jubilación o retiro, y la adquisición de acciones de sociedades de inversión es de 152 mil pesos.
Así que ya lo sabes, prepara toda la documentación para realizar tu declaración. Si has llevado registro de tu contabilidad no tendrás mayor problema en realizarla, pero si por alguna razón no tienes toda la información completa y en orden te recomendamos acudir a Valdez Toro, donde te brindaremos la asesoría que necesites.
Fuente: sat.gob.mx

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